Piso mojado en el pasillo de una tienda en West Palm Beach
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Abogado de resbalones y caídas en West Palm Beach

Shalhoub Law Injury & Accident, el bufete del abogado Paul R. Shalhoub en West Palm Beach, representa a personas lesionadas en caídas en tiendas y otros negocios en todo el condado de Palm Beach. Eso incluye probar que el dueño sabía, o debía saber, del peligro según la ley de Florida sobre resbalones y caídas. Paul pasó años defendiendo a compañías de seguros antes de representar a personas lesionadas, y maneja cada caso él mismo, desde la primera llamada hasta el juicio.

Caerse en una tienda no es lo mismo que probar que la tienda es responsable. Una sola ley de Florida, muy corta, decide casi todos estos casos, y la mayoría de lo que usted va a leer en internet sobre resbalones y caídas ni siquiera la menciona.

Lo que separa un caso ganado de uno perdido es, casi siempre, la prueba de cuánto tiempo llevó el peligro en el piso. Dos decisiones de tribunales de apelaciones de Florida giran exactamente sobre eso — en una la persona lesionada perdió, en la otra ganó — y la diferencia entre ambas fue evidencia que existió durante unos diez minutos. Las fotos del piso, tomadas antes de que alguien limpie, son lo más valioso que una persona lesionada puede producir.

El abogado Paul R. Shalhoub llevó a juicio un caso de resbalón y caída contra Walmart y obtuvo un veredicto de jurado seis veces mayor que la oferta que la empresa hizo poco antes del juicio. Además pasó la primera parte de su carrera en un bufete que defendía aseguradoras, que es donde aprendió cómo se desarma uno de estos reclamos.

Su abogado, Paul R. Shalhoub

AbogadoPaul R. Shalhoub — el único abogado del bufete
LicenciaColegio de Abogados de Florida número 88300, admitido el 22 de marzo de 2011. Verifíquelo
Experiencia relevanteComenzó en un bufete de defensa de aseguradoras. Llevó a juicio un resbalón y caída contra Walmart con un veredicto seis veces mayor que la oferta previa, con honorarios y costos concedidos
Quién maneja el casoPaul, de principio a fin. No hay otros abogados ni gestores de casos
Atención en españolPersonal que habla español contesta el teléfono y se encarga de la comunicación durante todo el caso. El bufete usa una aplicación donde usted escribe en español y Paul lo lee en inglés, y al revés
HorarioDe lunes a viernes, de 8:30 a.m. a 5:30 p.m. Las llamadas y los mensajes se contestan las 24 horas
ConsultaGratis y confidencial, en la oficina, en su casa, en el hospital, por teléfono o por video. Sin esperar el reporte del incidente
Costos del casoEl bufete los adelanta. Usted no debe honorarios ni reembolso de esos costos a menos que el bufete recupere una compensación para usted

La ley que decide su caso

La sección 768.0755 de los Estatutos de Florida gobierna cada resbalón y caída sobre un derrame, un líquido o un objeto caído dentro de un negocio. Tiene dos incisos. Aquí está completa, en el original.

768.0755 Premises liability for transitory foreign substances in a business establishment.

(1) If a person slips and falls on a transitory foreign substance in a business establishment, the injured person must prove that the business establishment had actual or constructive knowledge of the dangerous condition and should have taken action to remedy it. Constructive knowledge may be proven by circumstantial evidence showing that:

(a) The dangerous condition existed for such a length of time that, in the exercise of ordinary care, the business establishment should have known of the condition; or

(b) The condition occurred with regularity and was therefore foreseeable.

(2) This section does not affect any common-law duty of care owed by a person or entity in possession or control of a business premises.

En español: si una persona se resbala y cae sobre una sustancia extraña transitoria en un establecimiento comercial, la persona lesionada debe probar que el establecimiento tenía conocimiento real o implícito de la condición peligrosa y debía haber actuado para remediarla. El conocimiento implícito puede probarse con evidencia circunstancial que demuestre que (a) la condición existió durante un tiempo tal que, actuando con cuidado ordinario, el establecimiento debía haberla conocido; o (b) la condición ocurría con regularidad y por lo tanto era previsible. El inciso (2) aclara que la sección no afecta ningún deber de cuidado del derecho común. · Lea la ley en el sitio de la Legislatura de Florida

Lea el inciso (1) otra vez, despacio. La carga de la prueba es suya. No basta con que usted se haya caído, ni con que se haya lastimado, ni siquiera con que el piso fuera realmente peligroso. Usted tiene que probar que el negocio sabía del peligro, o debía saberlo, y no hizo nada.

No siempre fue así. En 2001, la Corte Suprema de Florida resolvió en Owens v. Publix Supermarkets, 802 So. 2d 315, que una sustancia extraña en el piso creaba una presunción de negligencia y pasaba la carga a la tienda. La Legislatura eliminó ese cambio de carga, primero en 2002 y de forma definitiva con esta ley en 2010. Cualquier página que le diga que la tienda tiene que probar que fue cuidadosa le está describiendo una ley derogada hace quince años.

Las cinco cosas que hay que probar

  1. Que el demandado es un establecimiento comercial. La ley alcanza a los negocios. Un área común de un condominio, una casa particular o una acera pública se rigen por reglas distintas.
  2. Que una sustancia extraña transitoria causó la caída. Algo que no pertenece ahí, no una parte permanente del edificio.
  3. Que el negocio tenía conocimiento real o implícito. Alguien sabía, o debía saber.
  4. Que debía haber actuado para remediarlo. Es una cláusula aparte de la ley, no una repetición de la anterior.
  5. Los elementos ordinarios de negligencia — deber, incumplimiento, causa y daños — más el control del local. Los tribunales de Florida describen un reclamo de locales como un reclamo de negligencia con dos elementos añadidos: posesión o control del lugar, y conocimiento de la condición peligrosa.

Qué es una “sustancia extraña transitoria”

La ley usa la frase sin definirla, así que la definición sigue viniendo de Owens, que en este punto sigue vigente: cualquier sustancia, artículo u objeto, líquido o sólido, ubicado donde no pertenece. Un charco de agua, una uva, detergente derramado, un gancho de ropa en el piso, agua de lluvia arrastrada desde la entrada.

El inciso (2) importa más de lo que parece

El segundo inciso conserva todos los deberes que el dueño de una propiedad ya tenía. Los tribunales de Florida lo describen con precisión: la prueba del incumplimiento queda “limitada por la ley”, pero el deber de mantener el local en condiciones razonablemente seguras no desapareció. Esa distinción permite que un caso avance por una teoría que la ley no cubre, como un piso peligroso por su diseño y no porque alguien derramó algo encima.

Las dos formas de probar que la tienda debía saber

El conocimiento real significa que alguien del negocio sabía. Es poco común y suele ser fácil de probar. El conocimiento implícito es donde se pelea casi todo caso, y la ley da exactamente dos caminos.

Camino uno: el peligro llevaba tiempo ahí

La pregunta es si la condición existió el tiempo suficiente para que el cuidado ordinario la hubiera detectado. No hay un número fijo. El Cuarto Distrito, que es el tribunal de apelaciones del condado de Palm Beach, aplica un estándar de razonabilidad, no un reloj.

Lo que ese distrito sí ha decidido es instructivo, porque los tiempos son cortos:

Unos 2 minutosInsuficiente. A otro cliente se le cayó un envase de yogur del carrito y la persona lesionada se resbaló unos dos minutos después. El Cuarto Distrito revocó el veredicto a favor del demandante (Publix Super Markets v. Safonte, Cuarto Distrito, Nos. 4D2023-0216 y 4D2023-0815, 20 de junio de 2024)
111 segundosInsuficiente. El charco llevaba 111 segundos en el concreto (Speedway, LLC v. Cevallos, 331 So. 3d 731, Fla. 4th DCA 2021)

Así que si usted se cayó sobre algo que acababa de caerse, este camino es difícil, y una evaluación honesta se lo dice desde el principio y no después de un año de litigio.

Camino dos: pasaba con regularidad

Este es el camino que casi nadie explica, y muchas veces es el más fuerte. Aquí usted no prueba cuánto tiempo llevaba ese derrame en particular. Prueba que la condición se repite.

El Cuarto Distrito ha dicho qué hace falta: evidencia de problemas recurrentes o continuos que pudieran venir de negligencia operativa o de mantenimiento negligente. La pregunta decisiva pasa a ser si el método de operación de la tienda era en sí mismo negligente. Una máquina de bebidas sin tapete que deja un charco todas las tardes, una entrada que se inunda cada vez que llueve y lleva años haciéndolo, un sistema de rociado de verduras que gotea: esos son casos de regularidad, y no dependen del cronómetro.

La tienda ya tiene el video, el reporte del incidente y la bitácora de inspección. Usted tiene dos años y ninguna forma de obligarla a entregarlos hasta que alguien demande.

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Dos casos reales, y qué los separó

La forma más clara de entender esta ley es comparar un caso perdido con uno ganado, porque la diferencia está casi toda en evidencia que existió durante unos pocos minutos.

El caso que se perdió: una uva y ninguna huella

En Oliver v. Winn-Dixie Stores (Cuarto Distrito, No. 4D19-291, 19 de febrero de 2020) una clienta se resbaló con una uva aplastada en un líquido sucio. La tienda presentó la declaración jurada de un empleado y cuatro imágenes de video con hora marcada que mostraban que él había pasado por ese punto exacto a las 6:54, 7:01, 7:03 y 7:10 p.m., y que cada vez el piso estaba limpio y seco. Ella se cayó a las 7:23.

Lo que hundió el reclamo fue lo que el piso no mostraba: ninguna huella de carrito, ninguna pisada, ninguna marca a través del líquido, solo su propia marca de resbalón. Se confirmó el fallo sumario a favor de la tienda.

El caso que se ganó: un charco grande con un origen

En una decisión de julio de 2026, el Quinto Distrito revocó un fallo sumario a favor de Publix donde la clienta se resbaló en lo que describió como un charco de unos cuatro pies por cuatro pies, su esposo vio un dispositivo con fuga en el pasillo, y había un empleado de la tienda cerca (Christie v. Publix Super Markets, Quinto Distrito, Caso No. 5D2025-1184, 17 de julio de 2026).

Tres hechos hicieron el trabajo: el tamaño del charco, un origen identificable y un empleado cerca. Los tribunales de Florida son más propensos a encontrar conocimiento implícito cuando había personal en el área, porque un jurado puede inferir razonablemente que alguien debía haber visto un peligro visible.

Qué significa eso para los diez minutos después de la caída

Si usted puede físicamente, o alguien que lo acompaña puede:

  • Fotografíe la sustancia antes de que la limpien. Una foto abierta y una de cerca.
  • Fotografíe los bordes. Los anillos de secado, la suciedad, el derretimiento, el cambio de color y las pisadas o huellas de carrito son lo que prueba cuánto tiempo llevaba ahí.
  • Fotografíe el origen si lo ve: una nevera con fuga, una gotera del techo, una caja de producto, un dispensador.
  • Fotografíe quién está cerca, incluidos los empleados y dónde estaban parados.
  • Repórtelo antes de irse y pida el número del reporte del incidente. No dé una declaración grabada sobre cómo ocurrió.
  • Guarde los zapatos que llevaba puestos, sin lavarlos. El calzado se convierte en un argumento de la defensa.
  • Tome los nombres de los testigos, incluidos otros clientes, no solo empleados.

El video de vigilancia suele ser el caso entero, y la mayoría de los sistemas se sobrescriben en días. Una carta escrita exigiendo que lo conserven, enviada rápido a la tienda y a su empresa matriz, es lo más útil que puede pasar en la primera semana.

Cuándo esta ley no aplica

La sección 768.0755 rige las caídas sobre una sustancia transitoria dentro de un establecimiento comercial. Buena parte de lo que la gente llama resbalón y caída no es eso, y las reglas son distintas, muchas veces mejores para la persona lesionada.

Área común de un condominio o apartamentoPertenece a una asociación o a un arrendador, no a un establecimiento comercial. Aplica la responsabilidad de locales del derecho común
Una casa particularResponsabilidad ordinaria de locales, normalmente contra el seguro del propietario
Acera pública, parque o edificio de gobiernoUn reclamo contra una ciudad o un condado, con sus propios requisitos de aviso y plazos
Una caída causada por el edificio mismoUn escalón roto, un pasamanos faltante, una losa levantada, mala iluminación. Eso no es una sustancia transitoria, y el inciso (2) conserva expresamente el deber de mantener el local
Una caída causada por un empleadoSi un trabajador creó el peligro, la pregunta del conocimiento cambia por completo

Si se cayó en propiedad del gobierno

Los reclamos contra una ciudad, un condado o una agencia de Florida pasan por la sección 768.28, que exige aviso escrito a la agencia antes de demandar y fija sus propios plazos, más cortos y más estrictos que los de un reclamo ordinario. Si su caída ocurrió en una acera pública, en un parque, en una oficina de gobierno o en transporte público, dígalo en la primera llamada.

Dos puntos que sorprenden: ninguna ley de Florida obliga al negocio vecino a reparar una acera pública — la responsabilidad es de la entidad de gobierno encargada de ese derecho de vía, y la sección 337.29(3) liga la responsabilidad civil justamente a esa entidad. Y aunque la ley de registros públicos le permite obtener registros de inspección, órdenes de trabajo, bitácoras de mantenimiento y quejas previas sobre el mismo lugar, la sección 768.28(16)(b) mantiene confidencial el expediente de reclamos del programa de manejo de riesgos del gobierno hasta que termine todo el litigio. Espere obtener el historial de mantenimiento, no el archivo del ajustador.

Las defensas que usted va a enfrentar

“El peligro era evidente”

Es la respuesta más común y es más limitada de lo que suena. La ley de Florida la trata como dos deberes distintos: que un peligro sea evidente puede liberar al dueño del deber de advertir, pero no lo libera por sí solo del deber de mantener el local en condiciones razonablemente seguras. Un caso puede sobrevivir con el segundo aunque se conceda el primero.

“Usted tuvo parte de la culpa”

La sección 768.81(6) dispone que quien resulte con más del 50 por ciento de la culpa de su propio daño no recupera nada. En ese límite o por debajo, su recuperación se reduce según su porcentaje. Espere argumentos sobre su calzado, su teléfono, si iba mirando hacia donde caminaba y si tenía motivo para estar en esa parte de la tienda.

“Lo causó otro cliente”

Una tienda puede señalar al cliente que dejó caer el artículo y pedirle al jurado que le asigne culpa a esa persona, aunque no sea demandada. En Safonte el jurado asignó 40 por ciento a Publix y 60 por ciento al cliente que dejó caer el yogur. Combinado con la barrera del 50 por ciento, el reparto de culpa es un riesgo real que hay que planear desde el principio.

Las lesiones, y por qué deciden el valor

Una caída sobre un piso duro desde la propia altura no es un mecanismo de lesión menor, sobre todo pasados los sesenta.

Fracturas de cadera y pelvisLa lesión que más cambia la vida de una persona. Cirugía, luego rehabilitación, y con frecuencia una pérdida permanente de independencia
Fracturas de muñeca, codo y hombroPor el instinto de frenar la caída. Muy comunes, y a menudo requieren placas o tornillos
Lesiones en la cabezaIncluidas conmociones y sangrado cerebral, que pueden aparecer horas después. Quien toma anticoagulantes y se golpea la cabeza debe ser evaluado el mismo día
Lesiones de columnaFracturas por compresión, hernias de disco y agravación de un desgaste que ya existía pero no dolía
Lesiones de rodillaDaño de menisco y ligamentos en una caída con giro

Cómo se paga el tratamiento mientras el caso avanza

A diferencia de un choque de auto, en un resbalón y caída no hay cobertura PIP. Esa es una de las diferencias más prácticas entre los dos casos y mucha gente se lleva la sorpresa. El seguro de salud normalmente paga, sujeto a un gravamen que hay que resolver con la recuperación. Cuando no hay seguro de salud, algunos proveedores atienden con una carta de protección y esperan el pago hasta que el caso termine. Esos acuerdos tienen requisitos específicos en Florida y conviene revisarlos con un abogado antes de firmarlos.

Condiciones preexistentes

La artritis, una lesión vieja de espalda o una cirugía previa no son una defensa, aunque la aseguradora las use como si lo fueran. La ley de Florida permite recuperar por la agravación de una condición preexistente. La manera de proteger eso es contarle a cada médico su historial completo: un expediente que parece esconder algo hace mucho más daño que el historial mismo.

Por qué el condado de Palm Beach produce tantos de estos casos

El 26.1 por ciento de los residentes del condado de Palm Beach tiene 65 años o más, frente al 22.8 por ciento de Florida (U.S. Census Bureau QuickFacts, estimaciones Vintage 2025). Esa diferencia aparece en los datos de lesiones. En 2025 hubo 7,903 hospitalizaciones por caídas no intencionales no mortales en el condado, una tasa de 507.9 por cada 100,000 frente a 404.8 en Florida (Departamento de Salud de Florida, FLHealthCHARTS). La tasa del condado es estadísticamente mayor que la del estado.

Las hospitalizaciones por fractura de cadera relacionada con caídas en personas de 65 años o más fueron 2,178 en 2025, una tasa de 551.1 por cada 100,000 en ese grupo frente a 509.0 en el estado. El departamento de salud pide interpretar con cuidado las tasas basadas en números pequeños y tener en cuenta los cambios de codificación al comparar años.

Nada de eso decide un caso individual. Explica por qué una caída aquí suele ser una lesión seria y no una vergüenza pasajera, y por qué los abogados de la defensa trabajan tanto el argumento de que una persona mayor simplemente perdió el equilibrio.

Un cambio de reglas en 2025 que lo favorece

Florida cambió sus reglas de descubrimiento civil a partir del 1 de enero de 2025, y el cambio ayuda de verdad a las personas lesionadas. Ninguna página competidora que revisamos lo menciona.

Bajo la Regla 1.280(a) de las Reglas de Procedimiento Civil de Florida, una vez presentada la demanda cada parte debe hacer divulgaciones iniciales sin que nadie se las pida. Para una tienda demandada eso incluye las personas con información sobre el incidente, los documentos y la información electrónica en que piense apoyarse y — lo más importante — una copia de cualquier póliza de seguro bajo la cual una aseguradora pueda tener que pagar una sentencia.

El plazo es de 60 días después de la notificación de la demanda, y la regla dice expresamente que no se excusa a nadie por no haber terminado de investigar. Saber qué cobertura existe desde temprano cambia cómo se valora y se negocia un caso.

Si la tienda pierde el video

Florida no permite una demanda aparte contra la tienda por destruir evidencia. La Corte Suprema de Florida lo resolvió en Martino v. Wal-Mart Stores, 908 So. 2d 342 (Fla. 2005), un caso sobre un carrito de compras y una cinta de video, litigado por abogados de West Palm Beach. La Corte prefirió las sanciones y una presunción probatoria antes que una causa de acción independiente.

Lo que queda sigue teniendo peso: si se pierde o se destruye evidencia, el tribunal puede imponer sanciones, y cuando esa pérdida realmente impide armar el caso puede aplicarse una presunción de negligencia que la otra parte tendrá que rebatir. Si existe o no un deber de conservar el video antes de presentar la demanda, sin una ley, regla u orden judicial de por medio, es discutido en Florida, y por eso la carta de preservación sale temprano.

Si usted ya le pidió el video a una tienda y se lo negaron, dígalo en la primera llamada. Cambia lo que hay que hacer, y con qué urgencia.

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El plazo

Un reclamo por negligencia nacido después del 24 de marzo de 2023 debe presentarse dentro de dos años, según la sección 95.11(5)(a). Los reclamos nacidos antes siguen la regla anterior de cuatro años. Los reclamos contra un cuerpo de gobierno se rigen por la sección 768.28 y son todavía más cortos.

El plazo de cuatro años sigue publicado en sitios de bufetes de Florida, incluidas páginas que aparecen en los resultados de West Palm Beach para esta búsqueda. Quien se confiara de ese dato para una caída de 2024 llegaría año y medio tarde.

Dónde ocurren estas caídas en el condado de Palm Beach

Supermercados y tiendas grandesSecciones de verduras, máquinas de bebidas, pasillos de congelados y entradas cuando llueve. El caso clásico de la 768.0755
Restaurantes y baresDerrames de cocina, bebidas a la hora del cierre y la barra de ensaladas, que los tribunales de Florida han tratado como caso de regularidad
Hoteles y resortsBordes de piscina, vestíbulos durante tormentas, pisos de baño
Áreas comunes de condominiosNo son un establecimiento comercial, así que la ley no las gobierna: una distinción que conviene resolver desde el principio
EstacionamientosMuchas veces es un caso de condición de la superficie y no de sustancia, con la iluminación y el mantenimiento en discusión
Aceras y parques públicosUn reclamo de gobierno bajo la sección 768.28

Si se presenta demanda, un caso del condado de Palm Beach normalmente se radica en el Decimoquinto Circuito Judicial, en el tribunal principal de 205 N Dixie Highway, en West Palm Beach, a una milla de esta oficina.

Cuánto vale un reclamo por caída

Nadie se lo puede decir desde una página web, y un bufete que le dé una cifra antes de ver sus expedientes médicos y la evidencia de la tienda está adivinando. Lo que sí se puede decir es qué mueve la cifra: qué tan grave y permanente es la lesión, si el tratamiento fue pronto y constante, qué tan fuerte es la evidencia del conocimiento implícito, cuánta culpa le asignaría un jurado y qué seguro existe.

Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Cada caso depende de sus propios hechos, de su tribunal y de la cobertura que realmente exista.

Preguntas frecuentes

¿Puedo demandar a una tienda solo porque me caí?

No, y este es el malentendido más común. Bajo la sección 768.0755 usted debe probar que el negocio sabía del peligro, o debía saberlo, y no actuó. Caerse, por sí solo, no prueba nada de eso. Lo que lo prueba es la evidencia sobre la condición: cuánto tiempo llevaba ahí, de dónde venía y si ocurre con regularidad.

¿Cuánto tiempo tiene que llevar el derrame en el piso?

No hay un número fijo. La prueba es si el cuidado ordinario lo hubiera detectado. El Cuarto Distrito ha resuelto que unos dos minutos no bastaron, y que 111 segundos tampoco. Períodos más largos, o un peligro con suciedad, huellas o bordes secos, son otro caso.

¿Y si nadie sabe quién lo derramó?

Normalmente no importa. La pregunta es qué sabía o debía saber el negocio, no quién lo causó. El camino de la regularidad también pesa aquí: si ese tipo de derrame ocurre seguido en ese punto, puede que no haga falta probar nada sobre este en particular.

La tienda dice que el peligro era evidente. ¿Se acabó mi caso?

No. Que sea evidente puede liberar el deber de advertirle, pero no libera automáticamente el deber de mantener la propiedad razonablemente segura. Son dos deberes distintos en la ley de Florida, y un reclamo puede avanzar por el segundo.

¿La tienda puede culpar al cliente que lo derramó?

Sí, y lo hace. Un jurado puede asignar culpa a alguien que no es parte en el caso, lo que reduce lo que paga la tienda. En un caso del Cuarto Distrito el jurado puso 60 por ciento en el cliente que dejó caer el artículo y 40 por ciento en la tienda.

Me caí en el vestíbulo de un condominio, no en una tienda. ¿Es la misma ley?

No. La sección 768.0755 aplica a establecimientos comerciales. Un área común de condominio, un edificio de apartamentos o una casa particular se rigen por la responsabilidad ordinaria de locales. Diga dónde se cayó en la primera llamada, porque la clasificación cambia lo que hay que probar.

Esperé unos días para ir al médico. ¿Eso arruina el caso?

Es un problema, no un final. Las demoras en el tratamiento se leen como que usted no estaba muy lastimado, sea cual sea el motivo real. Lo práctico es que lo evalúen ahora y explicar la demora con franqueza, en vez de tener que explicarla después bajo juramento.

¿Cuánto tiempo tengo para demandar?

Dos años para un reclamo nacido después del 24 de marzo de 2023, según la sección 95.11(5)(a). Los anteriores siguen la regla de cuatro años. Un reclamo contra una ciudad, un condado o una agencia estatal va por la sección 768.28, con aviso escrito y plazos más cortos.

¿Y si yo tuve parte de la culpa?

Todavía puede recuperar si su parte es del 50 por ciento o menos, reducida por su porcentaje. Por encima del 50 por ciento, la sección 768.81(6) lo deja sin nada.

¿Cuánto vale un caso de resbalón y caída en Florida?

No hay fórmula, y quien le dé una cifra antes de ver sus expedientes le está vendiendo algo. Los factores son la gravedad y permanencia de la lesión, si el tratamiento fue pronto y constante, la fuerza de la evidencia sobre el conocimiento del negocio, la culpa que le asignaría un jurado y el seguro disponible. Una cadera fracturada con cirugía y evidencia clara es un reclamo distinto de un moretón sin video.

La aseguradora de la tienda me llamó. ¿Doy una declaración?

No antes de hablar con un abogado. Una declaración grabada en los primeros días se toma cuando usted todavía está medicado, antes de que se sepa el alcance real de la lesión, y las preguntas están armadas alrededor de su parte de culpa. Usted no está obligado a dársela a la aseguradora de la otra parte.

La tienda me hizo llenar un formulario. ¿Renuncié a mi reclamo?

Un reporte de incidente normalmente es solo eso, y llenarlo suele ayudar porque fija la fecha, el lugar y el hecho de que usted reportó. Lo que importa es si firmó algo descrito como una liberación o un acuerdo. Si lo hizo, llévelo para que lo revisen, porque una liberación puede cerrar el reclamo de forma permanente.

¿Necesito un abogado por una caída?

Para una caída menor sin lesión real, muchas veces no. El criterio honesto es si usted recibió tratamiento, si el negocio niega haber sabido del peligro y si hay evidencia que alguien tiene que ir a buscar. Las piezas que deciden estos casos — video de vigilancia, bitácoras de inspección, historial de incidentes previos en ese lugar — están todas en manos del demandado y hay que exigirlas, casi siempre dentro de un litigio.

¿Cuánto cuesta contratar a un abogado?

La consulta es gratis y confidencial. El bufete adelanta los costos del caso, y usted no debe honorarios ni reembolso de esos costos a menos que el bufete recupere una compensación para usted.

Qué pasa si usted llama

Habla con Paul, no con una persona de admisión. La consulta es gratis, y le va a decir con honestidad si necesita abogado — hay reclamos que no lo necesitan. Si toma el caso, ese mismo día salen las cartas de preservación y los avisos a las aseguradoras, y a usted dejan de llamarlo. Usted se atiende; él se encarga de la otra parte. Nada se acuerda sin su decisión, y usted ve la cifra neta antes de firmar.

Todo el proceso, paso a paso

Attorney Paul R. Shalhoub

Hable con Paul sobre su caída

Gratis, confidencial y con el abogado que llevaría el caso. Si fue reciente, el video de la tienda ya está en cuenta regresiva.

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Esta página describe la ley de Florida al 21 de octubre de 2026 y aplica a reclamos en Florida. Es información general, no asesoría legal, y leerla no crea una relación abogado-cliente.

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